La participación de la ciudadanía en los procesos electorales que se registran en nuestro país es importante, ya que es la esencia de un sistema democrático como el nuestro que reside esencialmente en la dirección que la población determine con su voto.
Por ello, una importante participación genera un binomio que le permite al sistema fortalecerse; el voto da legitimidad, fortalece a las normas que rigen los procesos democráticos; las instituciones se fortalecen; las personas electas para un determinado cargo cuentan con un importante apoyo y responsabilidad, entre otras consideraciones.
Del otro lado, una baja participación tiene generalmente diversas lecturas: apatía de las personas electoras; desinterés en una determinada elección; manifestación de que no se está de acuerdo con las opciones políticas; no se observan mejoras, entre otras.
Ambas concepciones se registran en las elecciones en la que se renuevan cargos de elección popular y en esta ocasión la elección judicial celebrada el pasado 1º de junio guardo diversas características distintas.
No obstante, será importante conocer la participación real en este proceso electoral por el que la ciudadanía eligió a las personas juzgadoras.
En este sentido, e independientemente de la participación final que la autoridad electoral determine una vez que concluyan los cómputos distritales que deben concluir a más tardar el próximo 10 de mayo, el INE presentó una estimación que fluctúa entre un 12.57% y un 13.32%. Esto es, de las 99 millones 793 mil 821 personas electoras que conformaron los listados nominales aprobados por el INE a finales del mes de abril como definitivos para esta elección judicial, votó aproximadamente poco menos de 13 millones de personas (fijando una participación del 13%). Un total de casi 87 millones de personas no asistieron a votar.
Ahora bien, de los resultados que hasta el momento ha presentado el INE, hay dos registros que son de llamar la atención, el de los “Votos nulos” y el de “Recuadros no utilizados”. En este sentido y conforme al Acuerdo del INE por el que se aprobaron los “Lineamientos para la preparación y desarrollo de los Cómputos Distritales, de entidad Federativa, Circunscripción Plurinominal y Nacionales” para esta elección judicial, los “Votos nulos”, son las marcas realizadas en la boleta que no permiten identificar el sentido del voto; para el caso de los “Recuadros no utilizados”, se refiere a que en los espacios para el registro numérico de las candidaturas que la ciudadanía tenía para registrar su voto, está en blanco o los registros están en otro espacio de la boleta que no permitan identificar el sentido del voto, así como que el número máximo de marcas para las candidaturas registradas no rebasen lo establecido para un mismo género.
Para comprender lo que quiero resaltar pongo un ejemplo. En los registros públicos del sistema de cómputos del INE que corresponden a la elección de las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se mostraba, con un avance del 58.4% de los cómputos, que los “votos nulos” alcanzaban un 10.7%.
Este registro me parece bastante alto si comparamos que, en la elección presidencial de 2024 se registró un 2.3% de votos nulos. Para el caso de “Recuadros no utilizados”, se contemplaba un 11.6%. De este rubro no existen antecedentes.
Ambos rubros deben de ser analizados con detenimiento para traducir su posible significado. Para el caso particular de los votos nulos generalmente se deben a varios supuestos que van desde que se emitió de manera incorrecta el voto, pasando por el registro de una marca que no es compatible con la emisión y sentido del voto, hasta la intención de la o el ciudadano de anular su voto.
Resultará del mayor interés conocer en su oportunidad la votación total para poder advertir el peso que estos dos rubros tuvieron en la elección judicial, independientemente de la baja participación ciudadana registrada.
POR FERNANDO DÍAZ NARANJO
COLABORADOR
PAL